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Todo sobre la campaña de la renta 2018
12 May 2018

Todo lo que debes saber para la campaña de la RENTA 2017

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El 4 de abril empezó el quebradero de cabeza de más de una persona y empresa: la campaña de la Renta 2017. Este año trae consigo varias novedades respecto a campañas anteriores: una aplicación para presentar las de declaraciones a través del móvil o el plan ‘Le llamamos’, con el que un trabajador de la agencia contactará con los usuarios para realizar cualquier gestión.

Un curso de impuesto sobre la renta de las personas físicas garantiza dominar este trámite imprescindible tanto para empresas como para personas. Un empleado que posee conocimientos avanzados sobre este impuesto y las obligaciones de su empresa en relación con este es un activo de gran importancia para la compañía.

En el momento de abordar esta campaña, siempre emergen las mismas dudas: ¿es obligatorio hacer la declaración de la Renta?, ¿es mejor hacerla individual o conjunta?, ¿cómo se tramita?, ¿qué documentación necesito?, etc. Sin embargo, este año no se han producido grandes cambios normativos tras rebajarse los tipos y los tramos en la reforma sustancial de 2015.

Aun así, sí que podemos advertir diferentes cambios respecto a los servicios de asistencia y de acceso a la información fiscal con el objetivo de que la presentación de la declaración sea más cómoda y fácil.

 

Las 10 novedades en la campaña de la Renta 2017

 

  1. La nueva ‘app’

 

La Agencia Tributaria (AEAT) tiene una nueva aplicación móvil, de hecho, la gran novedad de la Campaña. Permite la consulta de datos fiscales, solicitar cita previa para que nos atiendan en las oficinas y presentar la declaración vía móvil.

 

  1. ‘Le llamamos’

 

El servicio de este plan está al alcance de todas las personas que deseen presentar la declaración vía telefónica.

 

  1. Fecha límite

 

La Campaña de la Renta que se inició el 4 de abril se alargará hasta el 2 de julio. En el caso de que la declaración resulte a pagar, el 27 de julio será el último día para presentarla solicitando la domiciliación bancaria. Una declaración presentada más allá del 2 de julio puede suponer una sanción económica.

 

  1. Autónomos

 

Gracias a la nueva Ley Urgente del Trabajo Autónomo aprobada en 2017, los autónomos que trabajen en casa pueden desgravar suministros del hogar. Concretamente, podrán deducir el resultado del 30% entre la relación de los metros cuadrados del hogar utilizados para trabajar con la superficie total de la vivienda, salvo en los casos en los que se apruebe un porcentaje inferior o superior.

 

  1. Cláusulas suelo

 

El importe del dinero recuperado por las cláusulas suelo abusivas no se debe declarar, no grava.

 

  1. Descuento por alquiler

 

Las personas que viven de alquiler con un contrato realizado antes de 2015, y que cobran un máximo de 24.107 euros, recibirán un descuento de las cuotas pagadas.

 

  1. Casas arrendadas

 

Las personas que tengan una vivienda arrendada y sea la vivienda habitual de los arrendatarios tendrán un 60% de deducción de los ingresos recibidos.

 

  1. Hijos menores de 3 años

 

Las mujeres que coticen en la Seguridad Social y tengan hijos de menos de 3 años tienen un derecho a una deducción de 1.200 euros anuales, o pueden solicitar un adelanto de 100 euros al mes.

 

  1. Bienes heredados

 

No es obligatorio declarar los bienes heredados en 2017, aunque sí en el caso de que estos hayan generado ganancias.

 

  1. Fallecimientos

 

Es importante recordar la obligación de que se realice la declaración de la renta de las personas que hayan fallecido este año.

¿Estáis preparados para hacer la Declaración de la Renta? Una formación subvencionada puede ser la mejor herramienta para realizar esta tarea con éxito.

 

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